IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Obligaciones de los trabajadores respecto del F.572 SiRADIG

Los beneficiarios de las ganancias alcanzadas por el régimen de retención del gravamen, se encuentran obligados a informar al Fisco los conceptos a deducir, los ingresos extra que tuvieran o las percepciones que le hubieran practicado en otro trabajo, para que el empleador que actúa como agente de retención pueda practicarle teniendo en cuenta dichos conceptos.

Dicha información debe presentarse mediante transferencia electrónica de datos con el formulario de Declaración Jurada F. 572 Web a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”. 

INDEMNIZACIÓN POR ANTIGÜEDAD. Modificaciones

La indemnización por antigüedad o por despido sin justa causa constituye uno de los institutos centrales del régimen de extinción del contrato de trabajo. La reforma introdujo precisiones relevantes sobre la base de cálculo, la incidencia de conceptos variables, el funcionamiento del tope indemnizatorio y la posibilidad de implementar sistemas alternativos de cese. También incorporó una regla expresa sobre el alcance reparador de la indemnización.

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