PEN. Modificaciones al Régimen de Aduana en Factoría
Por medio del Decreto PEN 252/2026, se introduce modificaciones en el Régimen de Aduanas Factoría (RAF), originalmente establecido por el Decreto 688/2002, el cual permite que las empresas industriales importen insumos y bienes intermedios bajo condiciones aduaneras más flexibles.
Uno de los cambios es la incorporación de los proveedores de las empresas industriales dentro del régimen. Estos actores podrán importar las mercaderías destinadas a ser integradas en un proceso productivo cuyo resultado sea un bien intermedio, destinado a ser transferido a los establecimientos industriales adheridos, a efectos de su incorporación al bien final que estos producen y destinan mediante el RAF.
Asimismo, se flexibilizan las condiciones relativas a las garantías exigidas, estableciendo que, en lugar de una garantía global única, las empresas podrán optar por distintos instrumentos en función de su situación financiera y operativa.
Las disposiciones entrarán en vigencia a los 60 días de su publicación en el boletín oficial.
ABANDONO DE TRABAJO
La extinción del contrato por abandono de trabajo se encuentra regulada en el artículo 244 de la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744. En su texto vigente, la norma exige, para su configuración, una previa constitución en mora del trabajador, mediante intimación fehaciente de reintegro y por el plazo que impongan las modalidades del caso.
Se trata de una figura que debe analizarse con criterio restrictivo, dado que importa una extinción con causa del contrato de trabajo. Por ello, su configuración exige no solo el cumplimiento de recaudos formales, sino también una valoración prudente de las circunstancias concretas.
DDJJ GANANCIAS SIMPLIFICADA 2025. Convalidación
Quienes hayan adherido al Régimen por el período fiscal 2025, deberán convalidar la adhesión, a fin de manifestar que cumplen con los requisitos exigidos por la norma sobre ingresos y patrimonio.
La convalidación se podrá realizar a través del servicio con clave fiscal “Sistema Registral”, opción “Ganancias PH Simplificada”, hasta el día de vencimiento general de la obligación de presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias del período fiscal 2025.
Si no se convalida, se considerará por desistida la opción, debiendo entonces cumplir con las obligaciones del régimen general.
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