PEN. Reglamentación del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral
El Decreto PEN 315/2026 reglamenta el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) creado por la Ley 27.802.
El régimen estará vigente para las incorporaciones realizadas entre el 1° de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027. Durante ese período, los empleadores que contraten trabajadores que no hayan tenido empleo formal reciente —incluyendo desocupados, monotributistas o personas provenientes del sector público— podrán acceder a alícuotas reducidas en sus cargas sociales.
Las contribuciones patronales gozaran de una reducción durante los primeros 48 meses de la relación laboral. En este marco, se aplican alícuotas diferenciales menores a las del régimen general, distribuidas de la siguiente manera:
- Un 2% destinado a los subsistemas previsional, de empleo y asignaciones familiares.
- Un 3% correspondiente al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).
NUEVOS MONTOS PARA LAS PRESTACIONES DEL SIPA
Por medio de la Resolución ANSES 110/2026 se actualizan los valores de las prestaciones y parámetros del régimen previsional con vigencia a partir de mayo de 2026:
- Haber mínimo garantizado: $ 393.174,10
- Haber máximo $ 2.645.689,38
- Base imponible mínima $ 132.420,94
- Base imponible máxima $ 4.303.619,01
- Prestación Básica Universal (PBU): $ 179.859,20
- Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $ 314.539,28
INCREMENTO DE ASIGNACIONES FAMILIARES
A través de la Resolución ANSES 111/2026 se establece que el aumento de los límites y rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares, con excepción de la asignación por maternidad y ayuda escolar, será equivalente a 3,38% que se aplicará sobre los límites, rangos y montos establecidos en los Anexos del artículo 2° de la Resolución ANSES 79/2026.
Asimismo, determina que la percepción de un ingreso superior a $2.896.244 por parte de una de las personas integrantes del grupo familiar, excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares.
TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD. Se reglamenta en CABA el reconocimiento de los beneficios en Ingresos Brutos y Patentes
Conforme a lo establecido en la Resolución 168/2026, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) reglamentó el procedimiento para solicitar el reconocimiento de los beneficios fiscales previstos en el Código Fiscal respecto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y de Patentes sobre Vehículos en General, aplicables a la actividad de transporte automotor de personas con discapacidad.
La solicitud deberá realizarse a través de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD), con Clave miBA Nivel 3, acompañando la documentación respaldatoria exigida por la norma. AGIP analizará la presentación y la situación fiscal del contribuyente para determinar la procedencia del beneficio, que regirá desde la fecha prevista según cada tributo.
PEN. Modificación de alícuotas
El Decreto PEN 305/2026 modifica las alícuotas Sujetas al Incremento Arancelario Transitorio de los productos de tabaco electrónico y tabaco calentado. Según el Decreto, los cigarrillos electrónicos, cartuchos y barras de tabaco para sistemas de calentamiento, así como las bolsas de nicotina, ahora estarán sujetos al máximo arancel permitido para importaciones extrazona.
Sin embargo, las mercaderías que ya se encuentren en tránsito o en zona primaria aduanera al momento de la entrada en vigencia mantendrán su arancel anterior, siempre que se registre la importación en un plazo de 60 días.
PEN. Actualización del Arancel Externo Extrazona
A través del Decreto PEN 311/2026, se actualiza la Lista Nacional de Excepciones al Arancel Externo Común (AEC) y una Lista Temporaria, que le permite a Argentina aplicar aranceles diferenciados a determinadas mercancías hasta 2028. Esta actualización reemplaza el Anexo II del Decreto 557/2023 y ajusta las alícuotas correspondientes para cada posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM).
PRODUCTORES AGRÍCOLAS MIPYME. Simplificación de trámites
Por medio de la Resolución General ARCA 5841/2026 se dispone la implementación de una nueva herramienta que permite a los productores agrícolas MiPyME compartir su información productiva con la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, para su integración al Legajo Único Financiero y Económico (LUFE).
Los productores con certificado MiPyME vigente que registren su información en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) podrán opta por compartir estos datos de manera voluntaria con la Subsecretaría de MiPyME. La opción se encuentra disponible en el módulo “Información Productiva” del SISA, mediante la selección de la opción “Compartir datos IP”. La información así compartida será puesta a disposición a través del servicio de “Domicilio Fiscal Electrónico”, a efectos de su integración al LUFE.
La presente medida entrará en vigencia a partir del 5 de mayo del 2026.
COMERCIO EXTERIOR. Nuevas pautas para las garantías en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales
La Resolución General ARCA 5842/2026 dispone una actualización del régimen de garantías aplicable a las operaciones de importación y exportación.
Se incorpora la posibilidad de utilizar una declaración jurada o documento suscripto por el interesado como instrumento válido para la constitución de garantías en determinadas operaciones de comercio exterior. En particular, para aquellas tramitadas a través del Sistema Informático MALVINA (SIM), se prevé que la obligación pueda considerarse garantizada mediante la manifestación expresa del declarante, quien asume el compromiso correspondiente en el marco de su declaración aduanera.
La norma entrará en vigencia a partir del 5 de mayo del 2026, y su aplicación operativa se efectuará conforme al cronograma que establezca la Dirección General de Aduanas. El mismo se publicará en el micrositio “Garantías – Operaciones aduaneras”.
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