REGISTRO DE AGENTES DEL SEGURO DE SALUD

La Superintendencia de Servicios de Salud, a través de la Resolución 492/2026, incorpora una sección especial en el Registro de Agentes del Seguro de Salud para la Cobertura Médico Asistencial de Pequeños Contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, destinada a la inscripción de los agentes que manifiesten su voluntad de recibir afiliados monotributistas provenientes de Agentes del Seguro de Salud dados de baja.

Asimismo, dispone que podrán inscribirse los Agentes del Seguro de Salud que se encuentren activos en el Sistema Nacional del Seguro de Salud, inscriptos en el registro creado por el artículo 69 bis del Decreto 1/2010 y que no estén sujetos a procedimiento de crisis.

LA REFORMA LABORAL TAMBIÉN REDUCE TRIBUTOS. Se eliminan impuestos internos sobre bienes y servicios

El Título XXV de la Ley 27.802 dispuso una serie de medidas orientadas a la reducción de la carga tributaria. Entre ellas la eliminación, a partir del 1/04/2026, de Impuestos Internos aplicable a distintos rubros de consumo, como los seguros, los servicios de telefonía celular y satelital, los objetos suntuarios y determinados vehículos y medios de transporte, como automóviles y motores, embarcaciones de recreo o deportivas y aeronaves.

A los efectos de dimensionar el impacto de la medida, elaboramos un cuadro con los distintos rubros alcanzados y las alícuotas vigentes hasta el momento de la derogación, lo que permite identificar los costos impositivos asociados a cada uno de estos productos y servicios y apreciar el alcance de la eliminación del impuesto.

INGRESOS BRUTOS CABA. Compensación y trámite web de saldos a favor

Analizamos el marco normativo de la compensación como medio de extinción de obligaciones tributarias, su recepción en el Código Fiscal de la CABA y los criterios aplicables en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

También repasamos cómo realizar el trámite online a través de la página web de la AGIP, y qué tener en cuenta para evitar contingencias

Tratamiento contable de los honorarios de Directores, Socios Gerentes, Síndicos y otros funcionarios

¿Cuál es el tratamiento contable de los honorarios de Directores o Socios Gerentes?

Siguiendo el mismo criterio que se encontraba en la RT 41, en el párrafo 502 de la RT 54 se establece que los honorarios de Directores o Socios Gerentes, Síndicos y otros funcionarios de la entidad deben ser reconocidos como gastos del período en que dichas personas prestan sus servicios. No representan distribuciones y deberán reconocerse como resultados en el período en el cual se prestan los servicios, aunque se requiera su posterior aprobación por parte de la Asamblea, reunión de socios o similar.

Descubre más desde Estudio Alva

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo